La citada norma eliminó el inciso A articulo 4° del Decreto original N° 1035/02, el cual reglamenta la Ley N° 24.653 de Transporte Automotor de Cargas, en donde se establecía al RUTA como requisito para circular.
Razón por la cual NO se debe realizar ningún trámite vinculado a ese registro (ni alta empresa, alta vehículo, reválida, etc.).
Acceda a la norma: Decreto 1109/2024
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